Hasta 8 años de cárcel quien filtre imágenes de personas desnudas en Veracruz
Maycol | Diario La Voz De Tantoyuca Xalapa, Veracruz | 29/Mayo/2019
El pleno de la LXV Legislatura del Congreso del Estado de Veracruz aprobó una iniciativa para establecer como delito al Código Penal de la Entidad veracruzana como “Violación a la Intimidad Sexual” el cual se castigará de 4 a 8 años de prisión.
Los diputados de la LXV legislatura aprobaron con 42 votos que se sancionará dicha conducta de 4 a 8 años de prisión, con una multa respectiva de mil hasta dos mil Unidades de Medida y Actualización.
Es importante mencionar, que dicha reforma no castiga el intercambio de imágenes con contenido sexual entre parejas puesto que es una forma de vivir la sexualidad.
Pero en todo momento lo que sí se busca castigar es la transgresión de la confianza depositada de una a otra persona la cual difunda o haga pública sin consentimiento, las imágenes, vídeos, audios que le fueron enviados.
Dicho delito queda de la siguiente manera: comete delito de violación a la intimidación sexual quien por cualquier medio divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, audios o videos de una persona desnuda parcial o totalmente de contenido intimo o erótico sexual, ya se impreso, grabado o digital, si el consentimiento de la víctima el cual se perseguirá por querella, el cual se sancionará de 4 a 8 años de prisión.
Cabe resaltar que cuando se realice contra una persona en situación de discapacidad, se perseguirá de oficio.