Aprueba congreso local ley de amnistía para el estado de Hidalgo
Staff | Diario La Voz De Tantoyuca
Pachuca, Hidalgo | 30 de Junio del 2020
En la sesión ordinaria 123, celebrada el martes 30 de junio, las y los diputados de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado de Hidalgo aprobaron con 27 votos a favor, tres en contra y cero abstenciones, el dictamen emitido por la Primera Comisión Permanente de Seguridad Ciudadana y Justicia, sobre la iniciativa enviada por el gobernador Omar Fayad, relativa a la expedición de la Ley de Amnistía para el Estado de Hidalgo.
Con la publicación y entrada en vigor, se decretará amnistía a favor de quienes hayan cometido los delitos de aborto, delitos contra la salud, en donde las autoridades del fuero común tengan competencia en términos del artículo 474 de la Ley General de Salud; delitos cometidos por personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas que durante su proceso no hayan tenido intérpretes o defensores en su propia lengua.
También favorecerá a infractores por el delito de robo simple y sin violencia, siempre y cuando la pena sea menor a cuatro años y por sedición o porque se haya instigado a la comisión de este delito sin que se haya producido la privación de la vida, de la libertad, así como tampoco lesiones graves a otra persona.
Quienes se encuentren sustraídos de la acción de la justicia por los delitos antes señalados, podrán beneficiarse de la amnistía mediante la solicitud correspondiente.
Esta amnistía no se otorgará ni a reincidentes ni a aquellos que hayan sido sentenciados por la comisión de alguno de los delitos previstos en el artículo 19 de la Constitución federal, así como quienes hayan cometido alguno de estos delitos después de la entrada en vigor de esta ley.
El pasado 17 de abril, el gobernador Omar Fayad envió la iniciativa de Ley de Amnistía al Congreso local, dicha propuesta realizada en la misma línea que la presentada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, “en el sentido de corregir la injusticia contra los grupos vulnerables, lo que ha provocado que mujeres, jóvenes e indígenas estén en prisión por delitos menores, ya sea del ámbito federal o local.
Al mismo tiempo esta propuesta busca descongestionar nuestras prisiones, considerando la emergencia que estamos viviendo por el coronavirus”, señaló el mandatario.
El beneficio jurídico se otorgará en los términos del supuesto previsto en la fracción I del artículo 1, que concederá a la mujer imputada o sentenciada o a las personas que se desempeñen como médicos, enfermeros, practicantes de medicina o parteros, cuando la conducta delictiva se haya llevado a cabo sin violencia y con el consentimiento de la mujer embarazada.
Respecto del supuesto previsto en la fracción II del artículo 1, se concederá a la persona imputada o sentenciada cuando se encuentre en situación de pobreza o de vulnerabilidad por su condición de exclusión o discriminación, por estar en condiciones de discapacidad de manera permanente.